BONIFACIONES EN EL IBI POR FAMILIAS NUMEROSAS

BONIFACIONES EN EL IBI POR FAMILIAS NUMEROSAS

Se aplica a partir del 1 de enero de 2023

Se establece una bonificación hasta del 90%  de la cuota íntegra del Impuesto a favor de aquellos sujetos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  1. El bien inmueble se constituya como vivienda habitual del sujeto pasivo.
  2. Que las personas solicitantes estén empadronados en este Ayuntamiento al menos con una antigüedad de un año a partir de la solicitud.
  3. Que los ingresos anuales de la unidad familiar no superen los 60.000 €.
  4. Que el valor catastral del bien inmueble no supere los 70.000 euros.

      Se aplicará la siguiente escala:

   – Viviendas con un valor catastral de hasta 30.000 euros, el 90% de la cuota íntegra.

   – Viviendas con un valor catastral hasta 40.000 euros, el 80% de la cuota íntegra

   – Viviendas con un valor catastral hasta 50.000 euros, el 40% de la cuota íntegra.

   – Viviendas con un valor catastral hasta 70.000 euros, el 20% de la cuota íntegra.

 

La solicitud de bonificación se presentará anualmente por el interesado en las Oficinas municipales y  deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

 

    • Escrito de identificación del inmueble y documento acreditativo de la titularidad del inmueble.
    • Certificado de familia numerosa.
    • Certificado del Padrón Municipal.
    •  Justificante del pago del IBI del año en que se solicita
    • Fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre el IRPF, excepto en los supuestos en los que el sujeto no esté obligado a presentar tal declaración, en que se presentará una declaración responsable de tal situación, acompañando certificado de estar en paro o certificado de la empresa de salariales anuales.

 

El plazo de disfrute de esta bonificación será mientras dure la situación de familia numerosa, según la normativa actualizada de la Junta de castilla y León o/y del Estado en esta materia. No obstante, el sujeto pasivo deberá solicitar anualmente la renovación de tal bonificación en las oficinas municipales mientras dure la condición de familia numerosa.